Dos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación marcaron un antes y un después en cuanto a la despenalización del consumo personal de marihuana. Se trata de los casos “Arriola” y “Bazterrica”, que también sirvieron como argumento en la Cámara Federal de Tucumán a la hora de resolver el sobreseimiento del traductor de inglés.

En agosto de 2009, el juez Ricardo Lorenzetti y los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton, Carlos Fayt, Carlos Petracchi, Carmen Argibay y Raúl Zaffaron firmaron el fallo del caso “Arriola”. En esa causa, que se remontaba al año 2006, la Policía había detenido a tres vendedores de droga y a cinco jóvenes que llevaban en sus bolsillos cigarrillos de marihuana.

En el fallo de la Corte Suprema, los cinco consumidores quedaron a salvo de cualquier persecución penal. El máximo tribunal estableció que el consumo de marihuana en el ámbito de la intimidad está protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional, que señala que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Un fallo similar se había dado en 1986, durante el caso “Bazterrica”, cuando los jueces resolvieron que era inconstitucional el sancionar la tenencia de pequeñas cantidades de marihuana para uso personal.

Polémico

Una enorme polémica se instaló en distintos ámbitos sociales a partir del caso “Arriola”, en 2006. Sectores en contra y a favor del fallo entablaron largas discusiones en los medios de comunicación de todo el país.

En el caso de Tucumán, el gobernador José Alperovich también había aportado su opinión. “No estoy de acuerdo. Ahora va a ser más fácil drogarse, va a ser más fácil conseguir drogas y se van a vender más. ¿Cuál es el límite para decir si es para consumo o para venta? Al final termina fomentando el consumo de drogas”, respondió a la prensa en aquella ocasión.